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Interventoría de obras civiles en Colombia, lo que debes saber

03/13/2024

Última actualización: Agosto de 2026.

¿Qué es una interventoría?

La interventoría de obras civiles es un servicio especializado de seguimiento y control sobre la ejecución de un contrato de obra. Su alcance se define de acuerdo con las características del proyecto y puede incluir componentes técnicos, administrativos, financieros, legales, ambientales y sociales.

Mediante inspecciones, revisión documental, reuniones e informes, la interventoría verifica que las actividades ejecutadas correspondan con los diseños, las especificaciones, el cronograma, el presupuesto, las obligaciones contractuales y la normativa aplicable. También identifica desviaciones y proporciona al contratante información documentada para apoyar la toma de decisiones.

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¿Cuál es el objetivo de la interventoría de obras?

El objetivo de la interventoría es realizar un seguimiento independiente y documentado al cumplimiento del contrato de obra. Esto permite verificar avances, controlar los componentes contratados, identificar desviaciones y comunicar oportunamente los hallazgos al contratante.

La interventoría contribuye a proteger los intereses del propietario o de la entidad contratante, pero no sustituye las responsabilidades del constructor, los diseñadores ni los demás profesionales que participan en el proyecto.

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¿Existen diferentes tipos de interventoría?

El alcance de la interventoría puede organizarse en diferentes componentes. Su contratación depende de las características, los riesgos y las obligaciones definidas para cada proyecto.

Una obra puede requerir uno, varios o los seis componentes de manera integral:

  1. Interventoría técnica
  2. Interventoría administrativa
  3. Interventoría financiera
  4. Interventoría legal
  5. Interventoría ambiental
  6. Interventoría social

Para conocer el alcance que ofrecemos en cada componente, consulte nuestro servicio de interventoría de obras.

¿Cuál es la función de un interventor?

La función del interventor es realizar el seguimiento y control definido en el contrato, manteniendo independencia frente al contratista y documentando las condiciones observadas durante la ejecución.

Según el alcance contratado, sus responsabilidades pueden incluir la revisión de documentos, la verificación de avances, el seguimiento del cronograma y el presupuesto, la inspección de procesos constructivos, la participación en comités y la elaboración de informes, actas y registros.

Cuando identifica desviaciones o incumplimientos, el interventor debe dejar evidencia, informar al contratante y solicitar las acciones correspondientes dentro de las facultades establecidas. No reemplaza al constructor ni asume sus decisiones técnicas o administrativas.

Las funciones específicas dependen del contrato, el tipo de obra y los componentes de interventoría contratados.

Para ampliar esta información, consulte nuestro artículo sobre las funciones del interventor de obras en Colombia.

¿Cuándo es obligatoria la interventoría?

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La obligatoriedad de la interventoría depende del tipo de proyecto, el régimen aplicable, la modalidad de contratación y las condiciones definidas en el contrato.

En la contratación estatal colombiana, el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 establece que, en los contratos de obra celebrados como resultado de un proceso de licitación, la interventoría debe contratarse con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista.

Por su parte, los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011 diferencian la supervisión y la interventoría de los contratos estatales. La interventoría corresponde al seguimiento técnico realizado por una persona natural o jurídica contratada para ese propósito cuando la complejidad, la extensión o el conocimiento especializado lo justifican. Su alcance también puede incluir componentes administrativos, financieros, contables o jurídicos.

En proyectos privados, la contratación de una interventoría puede responder a una decisión del propietario, el inversionista o el contratante para fortalecer el control independiente de la obra. Esto debe analizarse separadamente de otras figuras obligatorias, como la supervisión técnica independiente de edificaciones, cuando resulte aplicable.

Por lo tanto, antes de afirmar que una interventoría es obligatoria, es necesario revisar el tipo de contrato, el proceso de selección, las características de la obra y la normativa vigente que corresponda al proyecto.

¿Cuál es la diferencia entre una interventoría pública y una privada?

La principal diferencia se encuentra en el régimen contractual, el origen de los recursos y las obligaciones que debe controlar la interventoría.

En los contratos estatales, el seguimiento se desarrolla dentro del marco de la contratación pública y debe considerar las obligaciones legales, contractuales, presupuestales y documentales aplicables. El alcance y las facultades del interventor se establecen en el contrato de interventoría y en los documentos del proceso.

En los proyectos privados, la interventoría responde a las condiciones pactadas entre el propietario o contratante y el equipo interventor. Puede enfocarse en el control técnico, administrativo, financiero, legal, ambiental o social, según las necesidades y riesgos del proyecto.

En ambos casos, la interventoría debe mantener independencia frente al contratista, documentar sus actuaciones y actuar dentro de las responsabilidades que le hayan sido asignadas. 

Conceptos básicos de interventoría de obras

A continuación, describimos algunos de los conceptos o términos básicos de interventoría de obras, algunos de los cuales usamos a lo largo del texto y ayudarán a comprenderlo de una mejor manera.

Actas: documentos que registran decisiones, hechos, avances o situaciones relevantes durante la ejecución contractual. Los tipos de actas requeridos dependen del contrato y pueden incluir actas de inicio, suspensión, reinicio, pago, recibo y liquidación.

  • Acta de Inicio del contrato
  • Acta de Suspensión
  • Acta de Reinicio
  • Acta Parcial de Pago
  • Acta de Recibo
  • Acta de Recibo Parcial
  • Acta de Recibo Final
  • Acta de Liquidación del Contrato

Adenda: documento mediante el cual se modifican o aclaran las condiciones o documentos de un proceso de selección. No debe confundirse con una modificación de un contrato ya celebrado. 

Anticipo: Es el porcentaje pactado del valor total del contrato que se le cancela al contratista una vez perfeccionado y cumplidos los requisitos previamente establecidos en el mismo, el cual será pagado antes de su iniciación o durante su desarrollo. 

Consorcio: Es la asociación de dos o más personas naturales o jurídicas con el objeto de presentar una misma propuesta y de ejecutar el contrato conjuntamente respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato.

Contrato: acuerdo que establece el objeto, alcance, obligaciones, condiciones, plazo, valor y responsabilidades asumidas por las partes para la ejecución de una obra o la prestación de un servicio.

Contratante: persona natural, persona jurídica o entidad que celebra el contrato y encarga la ejecución de la obra o la prestación del servicio. 

Contratista: Persona natural o jurídica a quien se le ha adjudicado el contrato. Contrae la obligación de ejecutar las obras materiales objeto del mismo y asume las responsabilidades que se impone en el contrato.

Documentos del contrato: conjunto de documentos que regulan la relación contractual. Dependiendo de la naturaleza pública o privada del proyecto, pueden incluir el contrato, anexos técnicos, diseños, especificaciones, presupuesto, cronograma, propuesta, pólizas, modificaciones, actas y demás documentos generados durante la ejecución y el cierre. 

  • La minuta del contrato.
  • El Pliego de Condiciones.
  • Anexo Técnico.
  • Las especificaciones técnicas generales y particulares.
  • Las adendas.
  • La propuesta presentada por el contratante.
  • Las garantías constituidas por el contratista de acuerdo con los documentos de la licitación y exigidas por el contrato, debidamente aprobadas por El Contratante.
  • El registro presupuestal.
  • Las actas
  • Los demás documentos que se puedan generar durante el desarrollo de la ejecución y liquidación del contrato.

Especificaciones técnicas: Se refiere a todas las características técnicas que se deben cumplir para la ejecución de las obras hasta su debida terminación, incluyendo entre otros aspectos las normas sobre los procedimientos para su elaboración, las exigencias a las que quedan sometidos los diferentes materiales a utilizar y las pruebas de control que se deben cumplir en las diferentes etapas de la construcción.

Garantía: instrumento establecido para cubrir determinados riesgos u obligaciones contractuales. Su tipo, alcance, valor y vigencia dependen de las condiciones del contrato y del régimen aplicable.

Interventor: persona natural o jurídica contratada para realizar el seguimiento y control especializado de un contrato. Actúa dentro de las facultades definidas contractualmente y mantiene independencia frente al contratista.

Licitación: Es una fase de la contratación del sector público para elegir al proponente que ofrezca las mejores condiciones para contratar.

Normativa aplicable: conjunto de leyes, reglamentos, normas técnicas, licencias, permisos y disposiciones contractuales que deben considerarse según el tipo de obra, su ubicación, el origen de los recursos y el alcance de la interventoría.

NSR-10: Es el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente (NSR-10) Establece requisitos técnicos aplicables al diseño, construcción y supervisión de edificaciones, de acuerdo con el alcance definido en sus títulos y con las modificaciones vigentes.

Obra: Objeto del contrato, proyecto de construcción.

Plazo de Ejecución: Es el periodo o término que se fija para el cumplimiento de las prestaciones y demás obligaciones derivadas del contrato.

Pliego de Condiciones: Es el conjunto de normas que regulan la licitación y el contrato que de ella se derive para la ejecución de las obras objeto del mismo.

Póliza: Contrato expedido por una compañía de seguros y que se exige en los contratos con el fin de garantizar las obligaciones del Contratista y así prever los riesgos asociados al contrato. 

Propuesta: Es el ofrecimiento, diligenciado y presentado por el proponente, incluyendo todos sus anexos, que se ciñe a todos los documentos de una licitación o proceso contractual.

Proyecto: Es la descripción de la obra o construcción a realizar, definido bajo unos parámetros, fecha límite para su ejecución, condiciones, especificaciones, que cuenta con unos recursos financieros y humanos.

Residente: Profesional que permanece en el sitio de la obra.

Subcontratista: Es la persona natural o jurídica que celebra un contrato con el Contratista cuando éste ha sido debidamente autorizado por el Contratante, para la ejecuciónde cualquier parte definida de la obra.

Supervisión técnica independiente: seguimiento técnico previsto por la normativa de construcción sismo resistente para verificar que determinados elementos de una edificación se ejecuten de acuerdo con los planos, diseños, especificaciones y requisitos aplicables. Su alcance no es equivalente al de una interventoría integral.

Unión temporal: Es la asociación de dos o más personas naturales o jurídicas con el objeto de presentar una misma propuesta y de ejecutar el contrato conjuntamente respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.

La interventoría como mecanismo de control del proyecto

La interventoría proporciona al contratante una visión independiente y documentada sobre la ejecución de una obra. Su alcance debe definirse desde el contrato y responder a las características, riesgos y necesidades específicas del proyecto.

Una interventoría adecuadamente estructurada permite verificar avances, registrar decisiones, identificar desviaciones y realizar seguimiento a los componentes técnicos, administrativos, financieros, legales, ambientales o sociales contratados.

Da Vinci Ingeniería cuenta con 15 años de experiencia en proyectos privados y públicos en Colombia. Desde Bogotá prestamos servicios de interventoría con cobertura nacional y estructuramos cada propuesta según el alcance que requiere el cliente.

Si su empresa necesita evaluar el seguimiento y control de una obra, conozca nuestro servicio de interventoría para proyectos corporativos, comerciales, industriales, institucionales y logísticos.

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Temas relacionados

14 Comentarios

  1. Me interesa su participación en un proyecto a desarrolar

    Responder
  2. 1.El director de obra va un solo día de la semana a la obra, ¿Qué hace Interventoría?
    2.Se perdió la bitácora de obra, ¿y ahora?
    3. El contratista de obra solo trabaja de lunes a viernes ¿qué dices de ello como interventor?
    4.La comunidad exige que todas las personas que trabajen en el proyecto sean de la región, ¿qué opinan?

    Responder
    • Gracias José por su participación y compartirnos sus inquietudes, procedemos a contestarlas y cuéntanos si estás de acuerdo.

      1.El director de obra va un solo día de la semana a la obra, ¿Qué hace Interventoría?
      Todo depende de las condiciones iniciales pactadas en los contratos y de la complejidad de la obra para la toma de decisiones e informes de control y seguimiento, la interventoría puede exigir dos cosas: cumplimiento en los tiempos de dedicación establecidos contractualmente para cada profesional y la calidad en los informes del director de obra. Si el proyecto lo amerita se puede solicitar formalmente aumentar el % de dedicación del director.

      2.Se perdió la bitácora de obra, ¿y ahora?
      Es un documento legal que hace parte del proyecto, se debe instaurar una denuncia y intentar volver a rehacerla con la información relevante que se tenga en los demás documentos de la obra (actas, oficios, informes, etc.) pero con el visto bueno de los firmantes autorizados para el diligenciamiento de la bitácora.

      3. El contratista de obra solo trabaja de lunes a viernes ¿qué dices de ello como interventor?
      Lo mismo, depende de las condiciones de los contratos, se puede exigir un mayor tiempo en obra si se demuestra que los rendimientos no son los esperados en el cronograma y se evidencian atrasos importantes que ameriten exigir un plan de acción para mitigar los retrasos, entre otros solicitar aumentar las jornadas de trabajo.

      4. La comunidad exige que todas las personas que trabajen en el proyecto sean de la región, ¿qué opinan?
      Si es importante contar con personal local, sobre todo la mano de obra no calificada, pero también es válido incluir personal de confianza y personal profesional con el perfil requerido para el proyecto que muchas veces no se consigue en todas partes. Se debe llegar a unos acuerdos con la comunidad.

      Responder
  3. buenas tardes:
    la bitácora de obra es obligatoria , independiente de que esté relacionada en las condiciones del contrato, aunque implicitamente esté?

    Responder
    • Buenas tardes, John respondiendo a tu pregunta:
      Depende del tipo de obra, si es una obra estatal o pública, es obligatoria la Interventoría y esta debe llevar un registro diario del seguimiento de la obra y uno de los elementos que se utiliza son las bitácoras.
      En obras privadas mayores a 3.000 m² es obligatorio contar con una supervisión técnica independiente, regulada por la NSR-10 Tituló I, que debe llevar un registro por escrito de las novedades y acontecimientos relevantes de la obra, en el numeral I.2.2. Se mencionan los detalles.
      En obras menores también se debería tener siempre un libro de bitácora para las mismas funciones como una buena práctica de supervisión técnica, pero es un común acuerdo de la obra.
      La bitácora debe ser un libro especial de actas, con las hojas numeradas y al inicio se deben establecer los profesionales y empresas autorizadas para diligenciar, las firmas, nombre del proyecto, fecha de inicio, etc., y se convierte en un documento formal del proyecto.

      Responder
  4. Buenas noches

    Estoy interesada en un trabajo de interventoría para impermeabilización de unos tanques de agua potable en un conjunto residencial aprox 300m2

    ¿me gustaría saber si están interesados?

    Responder
  5. si el interventor auxiliar tiene formación con diplomados y cursos Sena y instituciones politécnicas además del certificado de maestro de obras por el copina que papel puede ejercer

    Responder
    • Fanor apreciamos tu interés en este tema. La respuesta a tu pregunta es que, puede ser inspector o supervisor de interventoría, sin tener una profesión como ingeniero civil o arquitecto no puede ejercer formalmente como interventor, firmar actas, informes, bitácoras, reportes ya que se requiere una matrícula profesional que cumpla lo indicado en el Decreto 2090 de 1989 Numeral 6.3 y en la NSR-10 título I.

      Si tienes más preguntas o necesitas más información sobre este tema, no dudes en consultarnos. Estamos aquí para ayudarte. ¡Gracias por tomarte el tiempo de leer nuestro artículo!

      Responder
  6. Buenas tardes, tengo una inquietud para una obra de reforzamiento estructural y rehabilitación de una placa de parqueadero en una propiedad horizontal, cuál es el orden para que se lleve a cabo? 1)Estudio y Diseño de la obra 2)Estudio de suelo de acuerdo a las especificaciones establecidas por la empresa que realizó el estudio y diseño 3)presupuesto 4)Quién debe encargarse de realizar el trámite de la licencia de construcción? 5)Se contrata una empresa para realizar términos de referencia para seleccionar la empresa que va a construir la obra, pública las licitaciones (seleccionada la empresa), se le adjudica el trámite de la licencia de construcción (previamente realiza una revisión del estudio y diseño recibido (NO TIENE OBSERVACIONES AL RESPECTO DE ALTA RELEVANCIA al menos no las ha manifestado), se supone continua en el trámite de la licencia pero aun no la ha radicado en la curaduría y manifiesta tener el interés de ser el interventor de la OBRA. Esto es correcto? Dentro del presupuesto expuesto NO se contempló Lo relacionado a las instalaciones eléctricas de equipos y sus complementarios por las del CÓDIGO ELÉCTRICO NACIONAL VIGENTE, Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE vigente y demás. Lo relacionado a las instalaciones hidrosanitarias por la norma ICONTEC vigente. Norma TIA/EIA 568-A sobre Cableado Estructurado. Lo relacionado a las instalaciones interiores de gas por la norma ICONTEC vigente. Que opinan de esto es una obra con un presupuesto de $4.000 mil millones aun sin aprobación de la cuota extraordinaria por temas de impugnaciones de decisiones en asamblea por los procedimientos irregulares.

    Responder
    • Buenas tardes, Luz Helena.

      Gracias por tu consulta. Para abordar una obra de reforzamiento estructural y rehabilitación de una placa de parqueadero, es fundamental considerar varios aspectos técnicos y normativos para garantizar que los trabajos se realicen de manera segura y eficiente. En primer lugar, se debe realizar un estudio detallado que identifique las causas y la magnitud de los daños, así como la evaluación de las condiciones estructurales existentes. Con base en esta información, se pueden planificar las etapas del reforzamiento y la rehabilitación, teniendo en cuenta los lineamientos de la normativa vigente en Colombia, como el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente (NSR-10).
      El orden sería de la siguiente manera:
      1. Realizar un estudio de patología para determinar las causas y orígenes de las afectaciones. Aquí se realizan estudios de suelos, revisión de la cimentación, estudios estructurales, ensayos de materiales, y se emite un informe con los conceptos elaborados por un profesional.

      2. Realizar un estudio de vulnerabilidad sísmica y reforzamiento estructural para determinar el cumplimiento normativo vigente de la NSR-10 de la estructura y diseñar los elementos estructurales necesarios para reforzar y garantizar la seguridad y durabilidad de la edificación.

      3. El responsable de la licencia es el dueño del proyecto. Este puede contratar a la misma empresa que realiza los estudios para llevar a cabo los trámites pertinentes ante alguna curaduría; los costos son pagados por el propietario.

      4. Con el resultado de los estudios, se obtienen planos y cantidades de obra estimadas. Con esta información se pueden elaborar los términos de referencia para una licitación privada. Esta asesoría también la puede realizar un tercero o la misma empresa que realizó los estudios.

      5. El interventor debe ser una empresa o profesional independiente, que no necesariamente debe ser la misma empresa o profesional que radique la licencia. Se sugiere que sea un tercero para que exista total independencia y transparencia en los procesos. Se puede contratar al interventor para la etapa de los diseños y estudios, y luego para la etapa de la obra, pero esto depende del presupuesto que se tenga para este servicio de interventoría.

      6. El tema legal y jurídico de la propiedad horizontal lo desconocemos, por lo tanto, no tenemos conocimiento sobre las cuotas y demás temas que nos consulta.

      ¡Gracias nuevamente por consultarnos! Si necesitas más información, estamos aquí para ayudarte.

      Responder
  7. Cordial saludo, soy Ingeniero civil de campo con Máster en Construcción, Mantenimiento y Explotación de Carreteras, Especialización en Gestión de Proyectos con más de trece años de experiencia en trabajos relacionados con la construcción, mejoramiento y mantenimiento de vías, puentes vehiculares, señalización y semaforización de la red vial, estructuras de contención, espacio público y urbanismo, parques y grandes escenarios, redes húmedas y secas, construcción vertical VIS, distritos de riego y estación es de bombeo entre otras obras civiles.

    Resido en la ciudad de Bogotá, soy soltero, con posibilidad de incorporación inmediata; motivo por el cual hago llegar mi hoja de vida a fin de ser tenido en cuenta como candidato para el cargo de Ingeniero Civil Residente de Interventoría.

    Quedo a su disposición para ampliar cualquier información necesaria.

    Muchas gracias.

    Responder

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